FACILIDADES DE PAGO

Comenzó el período de adhesión al plan de regulación de obligaciones impositivas, aduaneras y de seguridad social.

Su propósito es afianzar el desarrollo y crecimiento de las empresas para que contribuyan al cambio de la estructura productiva.


Desde el 17 de octubre, hasta el 29 de diciembre quedó abierto el período de adhesión al plan de facilidades de pago para la regularización de obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 31 de agosto de 2023, inclusive, según informó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
El plan también dispone la suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, para pequeños contribuyentes y micro y pequeñas empresas.
Las medidas están destinadas a las micro, pequeñas y medianas empresas -tramos 1 y 2-, a las personas humanas y sucesiones indivisas consideradas pequeños contribuyentes, a las entidades sin fines de lucro, y al resto de contribuyentes.
Ambas disposiciones son parte del paquete ordenado por el Ministerio de Economía de la Nación, cuyo propósito es afianzar el desarrollo y crecimiento de las empresas para que contribuyan al cambio de la estructura productiva, fomentar la creación de fuentes de empleo, promover el incremento de las exportaciones y sostener la inclusión económica y social de los contribuyentes de menor envergadura.
La adhesión se realizará con clave fiscal desde el sistema informático “Mis Facilidades”, opción “RG 5.425 – Plan de Facilidades de Pago – Obligaciones vencidas al 31 de agosto de 2023” y permite regularizar Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones.

Alcances
Quedaron comprendidos los pequeños contribuyentes; las micro, pequeñas y medianas empresas -Tramos 1 y 2- con “Certificado MiPyME”, y las entidades sin fines de lucro que al momento de adhesión al plan de facilidades de pago se encuentren registradas, y demás contribuyentes no comprendidos en los incisos precedentes.
El régimen contempla cuatro tipos de planes: por deuda general, por deuda de retenciones y percepciones, por deuda aduanera, y por deuda de aportes de la seguridad social por trabajadores en relación de dependencia; las cuotas tendrán un monto mínimo de 2.000 pesos y la tasa de interés de financiación será fijada en función del tipo de contribuyente.
Además, se suspende hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, el inicio de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para los pequeños contribuyentes, las micro, pequeñas y medianas empresas Tramo 1, y las entidades sin fines de lucro.
Las medidas tienen vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial, el 29 de septiembre de 2023; para la adhesión a los planes de facilidades de pago, el sistema Mis Facilidades se encontrará disponible a partir del 17 de octubre de 2023.